Estimados compañeros: En primer lugar, esperamos que todos esteis bien, vivir una situación como esta jamás no lo hubiésemos imaginado que pudiera pasar, desde ATSETNAT deseamos comunicaros nuestra plena disposición para ayudar y colaborar con todos vosotros para atender cualquier consulta. Os pedimos que utilicéis principalmente el correo electrónico para las comunicaciones.
Los establecimientos comerciales de terapias naturales NO tienen permitida la apertura al público por los siguientes motivos:
- El artículo 10 del Real Decreto 463/2020, por el que se declara el estado de alarma, establece que únicamente tienen permitida la apertura al público los establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad, establecimientos farmacéuticos, médicos, ópticas y productos ortopédicos, productos higiénicos, peluquerías, prensa y papelería, combustible para la automoción, estancos, equipos tecnológicos y de telecomunicaciones, alimentos para animales de compañía, comercio por internet, telefónico o correspondencia, tintorerías y lavanderías.
- El artículo 7 del Real Decreto 463/2020, por el que se declara el estado de alarma, establece una importante limitación de la movilidad de las personas, lo que les impide acudir a los establecimientos en los que se prestan servicios relacionados con las terapias naturales.
- La limitación de la movilidad impide a los profesionales de las Terapias Naturales realizar cualquier tipo de asistencia domiciliaria.
- En las próximas horas y días, es posible que se produzcan modificaciones o bien aclaraciones por parte de las autoridades competentes, por ello nuestra recomendación es permanecer atento a lo que disponga el Ministerio de Sanidad y consultar el Boletín Oficial del Estado y de la comunidad autónoma correspondiente.
- El Real Decreto 463/2020 prevé sanciones en caso de incumplimiento o la resistencia a las órdenes de las autoridades competentes.
Cualquier cambio que se produzca sobre nuestra actividad profesional os informaremos puntualmente.
Dpto. Jurídico ATSETNAT
16 de marzo de 2020
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